En el mercadillo de Puces de Paris Saint-Ouen es posible que no encuentres muchos vendedores de armas, pero puedes encontrar algunas piezas antiguas muy bonitas en algunos de los puestos de los vendedores. Fíjese en los titulares de los puestos generales, que pueden tener, de vez en cuando, algunas armas de fuego u otros objetos de coleccionista poco habituales.
Armas de colección, pistolas antiguas con o sin caja, cuchillos originales, sables, un arma de proyectil africana, armas de fuego, maquetas, cruces militares, amour y uniformes, documentos y los llamados objetos de Militaria o réplicas.
Un comerciante especializado en lo militar y un comerciante especializado en recuerdos históricos venden de hecho el mismo tipo de objetos, cada uno de ellos vinculado a la historia militar y relacionado directamente o indirectamente con un personaje histórico
No se apresure a comprar de cabeza sin un mínimo de "conocimiento" sobre el objeto en cuestión.
Es importante asesorarse con otros coleccionistas o con asociaciones en la web como :
En cada caso pida una factura, es la ley y no se le puede negar.
Según la ley del 6 de marzo de 2012 y el decreto del 30 de julio de 2013 : las colecciones de armas son modelos fabricados antes de 1900 (esto no se refiere a la fecha de fabricación). Las armas fabricadas recientemente (réplicas) no deben disparar munición de cartucho metálico. Hay que tener en cuenta que existen algunas excepciones y que ciertas armas quedan automáticamente excluidas (véase www.armes-ufa.com).
Las armas de fuego antiguas, de colección, se clasifican en la categoría D.
Se prohíbe la portación y el transporte de armas sin motivo legítimo, componentes de armas y munición de categoría D. Sólo se admiten en el marco estricto de una reconstitución histórica (componentes de armas a, d, e, f, g y k del punto 2° de la categoría D). Es necesario demostrar un motivo legítimo de transporte con documentos.
Las reproducciones de armas antiguas y de colección sólo pueden importarse, comercializarse o regalarse si se ajustan a las especificaciones técnicas definidas por decisión conjunta del Ministerio de Defensa y del Interior y de los ministros responsables de la industria y las aduanas y observadas en el peritaje protocolario realizado por un establecimiento técnico designado por el Ministerio de Defensa.